Requisitos de acceso
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Tener cumplidos los 65 años en el momento del ingreso o ser pensionista de 60 años.
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Podrán ter acceso os menores de 50 anos en caso de ser personas dependientes y cuyas circunstancias personales, familiares o sociales asi lo aconsegen.
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En casos excepcionales podrán ser admitidos cónxuges, parejas de hecho o parientes por cosaguiniedad hasta el primer grado en linea directa de los solicitantes sin tener cumplidos los 65 años o ser pensionista. Llegaria con que tuviese 5 años menos de la fijada para jubilarse y cumplir el resto de los requisitos.
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No padecer trastornos psiquiñatricos que impidan el normal desarrollo de las relaciones sociales y de la convivencia en el Centro y no haber sido sancionado con la expulsión de algun otro centro
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Se dará como preferencia de ingreso a usuarios valorados como dependientes, teniendo mayor preferencia los de mayor grado y tambien usuairos que tengan riesto de sufrir dependencia en el futuro.